Normas internacionales del trabajo
Obligaciones constitucionales: Recursos y formularios para mandantes
Los convenios sólo entran en vigor mediante un acto de ratificación debidamente registrado por el Director General de la OIT. Sin embargo, en virtud del artículo 19 de la Constitución, todos los Estados miembros tienen la obligación de someter los convenios y recomendaciones a las autoridades nacionales competentes.
Obligación constitucional de presentar memorias (Art. 19, 22 and 35): Recursos y formularios para mandantes
Presentación de memorias sobre los convenios no ratificados y Estudios Generales
En virtud del artículo 19 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, los Miembros de la OIT informan a intervalos apropiados, a petición del Consejo de Administración, sobre la situación de su legislación y su práctica en lo que se refiere a las materias tratadas. Sobre esta base, el Consejo de Administración de la OIT selecciona cada año los Convenios y Recomendaciones sobre los que los Miembros deben presentar memorias.
- Formulario de memoria para el próximo Estudio General (2026) sobre la Recomendación núm. 205
→ Webinario para preparar las memorias y los comentarios - Formulario de memoria para el Estudio General (2025) sobre la protección en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
- Memorias solicitadas sobre Convenios/Protocolos y Recomendaciones no ratificados
Estas memorias, así como las presentadas en virtud de los artículos 22 y 35 de la Constitución de la OIT por los Estados partes de los Convenios en cuestión, permiten a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones establecer Estudios Generales sobre el efecto dado, en la legislación y en la práctica, a los instrumentos considerados.
Las memorias deben enviarse al siguiente contacto: NORM_REPORT@ilo.org
Presentación regular de memorias sobre convenios ratificados (Art. 22 y 35)
En virtud del artículo 22, se solicitan periódicamente memorias a los Estados que han ratificado los Convenios de la OIT:
- Formularios de memorias para memorias detalladas (primeras memorias)
- Formularios de memorias para memorias simplificadas (memoria de seguimiento)
- Memorias solicitadas sobre los convenios ratificados (Art.22/35)
Las memorias deben enviarse al siguiente contacto: NORM_REPORT@ilo.org
Participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en los mecanismos de control (Art. 23)
Presentación de observaciones de los interlocutores sociales
Comunicaciones en virtud del artículo 23 de la Constitución:
Las organizaciones de empleadores y trabajadores que deseen transmitir sus observaciones directamente a la Oficina deben utilizar el siguiente contacto: ORGS-CEACR@ilo.org
Informes de los órganos de control y procedimientos especiales
Control regular
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) y Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia (CAN)
Procedimientos especiales
Comité de Libertad Sindical (CLS), Reclamaciones art. 24 y Quejas art. 26